viernes, 25 de noviembre de 2011

PUNTO DE EBULLCION

Según las leyes de la termodinámica, cuando un cuerpo cambia de estado lo hace a 
una temperatura característica que depende de la naturaleza del cuerpo y de la 
presión. Son los llamados puntos de ebullición y de congelación; para el agua estos 
son 100 ºC y 0 ºC a 1 atmósfera de presión.
Puesto que la presión no es casi nunca 1 atmósfera, estos puntos no serán 
exactamente los previstos. 
Aunque se podría analizar tanto la crioscopía como la ebulloscopía, es más fácil tanto 
desde el punto de vista experimental como desde el práctico (disponer de hielo), 
trabajar solo con el punto de ebullición.
Los datos de punto de ebullición y fusión corresponden a sustancias puras. No 
obstante, las disoluciones sufren una variación en estos puntos, llamados descenso 
crioscópico y ascenso ebulloscópico, que pueden calcularse de acuerdo con la ley:
Dt = K m donde K es la constante crioscópica o ebulloscópica, que depende solo del 
disolvente y m la molalidad del soluto (moles / Kg de disolvente).
Además, si la especie disuelta se disocia en la disolución, el valor de Dt es mayor que 
el previsto. Una comparación entre ambos permite estimar el grado de ionización del 
soluto.



BIBLIOGRAFIA

Chang, R. 2007, Química, novena edición. Mc Graw Hill pag, 1021, 483

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